Divorcio "Express"
Muchas veces nos preguntan las personas que se quieren divorciar si se puede acelerar ese trámite teniendo en cuenta que existe una modalidad de divorcio llamado “express”.
En primer lugar, nos gustaría aclarar que en la terminología jurídica dicho termino no se recoge. En el mundo de derecho conocemos dos tipos de divorcios:
a) Divorcio de mutuo acuerdo: cuando ambos cónyuges están de acuerdo para disolver el matrimonio, así como en el reparto de bienes gananciales y también en cuanto al régimen de guarda y custodia de los hijos menores y sus alimentos. Es definitiva, tiene que haber consenso en todo. b) Divorcio contencioso: se trata de inicio del proceso de divorcio cuando no hay consenso sobre alguno o todos los extremos antedichos o uno de los cónyuges no tiene voluntad de divorciarse.
Pues hecha esta aclaración, se denomina comúnmente divorcio “express”, a la posibilidad que otorga la normativa para divorciarse ante un Notario, que suele ser más rápido que en los Juzgados. Sin embargo, para que el divorcio se pueda efectuar en una Notaría es imprescindible que se cumplan los siguientes requisitos:
1º.- Que se lleve más de tres meses casados.
3º.-Que no existan hijos menores de edad o que hayan sido incapacitados legalmente.
De existir hijos mayores de edad deberán prestar su consentimiento ante el notario respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar.
4º.-Que la mujer no se encuentre embarazada en el momento de instar el divorcio.
5º.- Será necesaria la intervención de un abogado que deberá redactar el preceptivo Convenio Regulador.
Os dejamos algunos enlaces de interés para más información:
Natalia Poladashvili
Lexpedio Abogados
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